Nueva Ley propiedad intelectual

Canon por la Ley de Propiedad Intelectual

Como bien sabéis todos el pasado martes 4 de julio de 2017 se aprobó el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual con fecha de entrada en vigor de 1 de agosto, mediante el cual se aprobaba el cobro de “una compensación equitativa y única para la reproducción de obras divulgadas ya sea en forma de libros, soportes sonoros, visuales o audiovisuales realizada mediante aparatos técnicos no tipográficos exclusivamente para uso privado” . De dicho “canon” serán deudores los adquirentes de los equipos o aparatos mencionados salvo las adquisiciones realizadas por las entidades que integran el sector público o las realizadas por personas jurídicas o físicas que justifiquen el destino exclusivamente profesional de dichos equipos siempre que lo justifiquen mediante una certificación emitida por un organismo creado a tal efecto.

Por consiguiente SERCAMAN a partir del 1 de agosto tendrá que cobrar dicho canon a cualquier venta de los equipos señalados en el párrafo anterior salvo los que sean vendidos al sector público salvo que nos entreguen el mencionado certificado (a fecha de hoy va a ser imposible porque ni siquiera está creado).

Los importes a cobrar serán los siguientes:

  • EQUIPOS MULTIFUNCIONALES DE INYECCION DE TINTA O LASER: 5,25 € (CODIGO DE ARTICULO LPI-A)
  • EQUIPOS MONOFUNCIONALES 4,50 (LPI-B)
  • GRABADORAS DE DISCO:

A.- DE DISCOS COMPACTOS 0,33 (LPI-C)

B.- DE DISCOS COMPACTOS MIXTOS 0,33 (LPI-D)

 C.- DE DISCOS VERSATILES ESPECIFICOS 1,86 (LPI-E)

D:- DE DISCOS VERSATILES MIXTOS 1,86 (LPI-F).

  • SOPORTES MATERIALES DE REPRODUCCION MIXTA:

A.- DISCOS COMPACTOS NO REGRABABLES 0,08 (LPI-G)

B.- DISCOS COMPACTOS REGRABABLES 0,10 (LPI-H)

C.- DISCOS VERSATILES NO REGRABABKES 0,21 (LPI-I)

D.- DISCOS VERSATILES REBRABABLES : 0,28 (LPI-J)

  • MEMORIAS USB: 0,24 (LPI-K)
  • DISCOS NO INTEGRADOS IDONEOS PARA REPRODUCCION . 6,45 (LPI-L)
  • DISCOS INTEGRADOS EN EQUIPOS : 5,45 (LPI-LL)
  • DISPOSITIVOS PORTATILES DE REPRODUCCION : 3,15 (LPI-M)
  • TELEFONOS MOVILES CON FUNCIONALIDAD DE REPRODUCCION : 1,10 (LPI-N)

Como podéis ver os he  puesto tanto el canon como el código para que en vuestras solicitudes lo pongaís a partir de ahora. De igual forma cualquier entrada en almacén de estos artículos llevará aparejada la entrada de su canon correspondiente.

Quedamos a vuestra disposición para la aclaración de cualquier duda.